La Iberofonía
Equipo de edición de La Iberofonía, medio de comunicación del Ateneo Iberófono Juan Latino.
La Comisión Europea ha presentado una demanda contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber transpuesto dos directivas comunitarias relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Europeas exigieron la incorporación de estas reformas a las legislaciones nacionales antes del 31 de diciembre de 2024, fecha límite para todos los Estados miembros.
El Gobierno español es el único del bloque que no respondió a los requerimientos formales enviados en enero de 2025, ni a los dictámenes motivados emitidos en julio de 2025. Por esta razón, la Comisión Europea reclama al tribunal la imposición de una sanción a España por incumplimiento.
Una de las directivas afecta a pequeños empresarios y profesionales independientes con facturación anual inferior a 85.000 euros. Su objetivo es reducir los costes de cumplimiento del IVA, facilitar el control tributario y crear normas uniformes dentro de la Unión Europea. Aunque la aplicación del régimen de exención para este colectivo es opcional para los Estados miembros, la Comisión sostiene que España debe incorporar las disposiciones que permitan a esas pequeñas empresas beneficiarse de la exención al operar en otros países comunitarios. La organización de autónomos ATA ha solicitado sanciones contra España por no trasponer esta directiva.
La segunda directiva no transpuesta regula la determinación del lugar de prestación de ciertos servicios a efectos del IVA, especialmente en operaciones continuas o virtuales, así como el régimen especial para bienes de ocasión, obras de arte, antigüedades y objetos de colección. La Comisión advierte sobre el riesgo de doble imposición o falta de tributación si España no armoniza su normativa con la de los otros 26 Estados miembros.
El Ministerio de Hacienda, dirigido por María Jesús Montero, reconoce que la transposición está pendiente, pero afirma que prevé completarla dentro de los plazos establecidos. Además, argumenta que existen sistemas simplificados de tributación para pequeños empresarios desde 1986 que, según el ministerio, podrían justificar la falta de adopción de esta exención específica prevista en la directiva.


