La Iberofonía
Equipo de edición de La Iberofonía, medio de comunicación del Ateneo Iberófono Juan Latino.
La Gaceta Oficial de Cuba publicó el 20 de enero un conjunto de medidas emitidas por el Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba para regular operaciones con moneda extranjera y proporcionar incentivos fiscales a las entidades que participen en el mercado cambiario nacional. Estas decisiones forman parte del proceso de reorganización monetaria que el país desarrolla con el fin de estandarizar y transparentar los registros contables relativos a transacciones en divisas.
La Resolución 373/2025, dictada por el Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba, introduce la Modificación 1 a la Norma Específica de Contabilidad No. 17, destinada a operaciones con moneda extranjera resultantes del mercado cambiario. Esta actualización responde al nuevo marco legal contenido en el Decreto Ley 113, que regula las transacciones en divisas dentro de la economía cubana, y sus disposiciones complementarias. El alcance de la norma abarca la compra y venta de divisas en el segmento cambiario III y su registro para personas naturales y jurídicas autorizadas, así como otras entidades con intervención autorizada.
Además, la Resolución 374/2025 establece que los ingresos provenientes de la participación en el recién estructurado mercado cambiario quedarán excluidos de la base imponible del Impuesto sobre Utilidades durante el primer año de operaciones. Este beneficio fiscal se implementa para estimular la actividad de las entidades en un mercado considerado incipiente dentro del país. La medida se basa en las facultades reconocidas en la Ley 113 «Del Sistema Tributario».
El paquete regulatorio busca uniformidad en los criterios contables para registrar las transacciones en divisas y ofrece incentivos para favorecer la adopción del mercado oficial de cambios. La publicación de estas resoluciones se enmarca en la política de actualización económica adoptada por las autoridades cubanas, orientada a incrementar la transparencia y homogeneidad en el tratamiento de operaciones financieras internacionales.
No se han presentado informaciones que contradigan o amplíen estas disposiciones en otros medios nacionales a la fecha, por lo que las normativas reflejan el avance vigente según el comunicado oficial.


