El Gobierno elimina la declaración del IRPF para perceptores de desempleo

El Real Decreto-ley publicado el 14 de junio exime de declarar el IRPF a beneficiarios de prestaciones por desempleo


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Equipo de edición de La Iberofonía, medio de comunicación del Ateneo Iberófono Juan Latino.

El Gobierno de España ha eliminado la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a quienes perciben la prestación por desempleo, conforme al Real Decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado el miércoles 14 de junio. Esta medida afecta tanto a los actuales beneficiarios como a los nuevos perceptores de la prestación.

Hasta ahora, los receptores de prestaciones por desempleo debían realizar la declaración anual del IRPF. El Real Decreto-ley indica que esta obligación procedía de la Ley General de la Seguridad Social y excedía la intención original, que buscaba únicamente obtener información complementaria para la entidad gestora sin modificar las obligaciones tributarias de los perceptores.

El número estimado de beneficiarios afectados por esta exención asciende a aproximadamente dos millones y medio de personas. En marzo de 2024, el Gobierno ya había prorrogado la exención de presentar la declaración de IRPF para el ejercicio 2024, aplazando la obligación hasta 2026. El nuevo Real Decreto-ley establece esta exención con carácter permanente mediante la supresión expresa de la obligación.

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria también se verá beneficiada por esta disposición, ya que la gestión del gran volumen de declaraciones suponía una carga administrativa significativa. La medida tiene como objetivo reducir dicha carga y preservar la finalidad original de la legislación social.

La exención entra en vigor de manera inmediata tras la publicación del Real Decreto-ley en el Boletín Oficial del Estado.

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